
Véase también:
> “Market Access Map” del CCI (se abrirá una nueva ventana)
> Base
de datos sobre aranceles
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Los textos que se reproducen en esta sección no
tienen el mismo valor jurídico que los documentos originales.
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Uno de los
logros de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales
fue el aumento de la proporción del comercio que es objeto de
compromisos consolidados (véase el cuadro). En el sector de la
agricultura, el 100 por ciento de los aranceles de los productos están
consolidados. La consecuencia de todo ello es un grado sustancialmente
mayor de seguridad de mercado para los comerciantes y los inversores.
Aumento de las consolidaciones a raíz de la Ronda Uruguay
Porcentaje de aranceles consolidados antes y después de las
negociaciones celebradas entre 1986 y 1994
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Antes |
Después |
| Países desarrollados |
78 |
99 |
| Países en desarrollo |
21 |
73 |
| Economías en transición |
73 |
98 |
(Se trata de líneas arancelarias, de modo que los porcentajes no se
han calculado en función del volumen o del valor del comercio)
Fuente: Los resultados de la Ronda Uruguay de Negociaciones
Comerciales Multilaterales. Acceso de bienes y servicios a los
mercados: visión general de los resultados, Ginebra, 1994.
Las listas están divididas en cuatro partes:
-
Parte I: Concesiones con sujeción al principio de la nación
más favorecida o concesiones NMF, aranceles máximos aplicables a
los productos de otros Miembros de la OMC. La Parte I está subdividida en:
- Sección 1A — Aranceles aplicables a los productos agropecuarios
- Sección 1B — Contingentes arancelarios aplicables a los
productos agropecuarios
- Sección II — Otros productos
- Parte II: Concesiones preferenciales (derechos de aduana dimanantes de las
prescripciones sobre comercio enumeradas en el artículo I del
GATT)
- Parte III:
Concesiones sobre medidas no arancelarias
- Parte
IV: Compromisos específicos sobre la ayuda interna y las
subvenciones a la exportación concedidas a los productos
agropecuarios
Las listas contienen la siguiente información:
- Número de la partida arancelaria
- Designación de los productos
-
Tipo del derecho
- Concesión actual establecida
-
Derechos de primer negociador (por ejemplo, los principales
proveedores de los productos)
- Concesión incorporada por primera vez en una Lista del GATT
-
Derechos de primer negociador en ocasiones anteriores
- Demás derechos y cargas
- En relación con los productos agropecuarios, también se pueden
indicar salvaguardias especiales
Las listas arancelarias siguen la estructura del Sistema Armonizado de
Designación y Codificación de Mercancías (“Sistema Armonizado”),
establecido por la
Organización Mundial de Aduanas (OMA) (este enlace abre una nueva
ventana). Este sistema de clasificación internacional del comercio de
mercancías entró en vigor en 1988 en los países miembros de la OMA y
contiene más de 5.000 subpartidas de 6 dígitos, que se pueden
subdividir aún más en función de los requisitos administrativos y
estadísticos de los países.
El Sistema Armonizado está dividido en 21 secciones y 99 capítulos, a
saber:
Sección I (capítulos 1 a 5, animales vivos y productos del reino
animal);
Sección II (capítulos 6 a 14, productos del reino vegetal);
Sección III (capítulo 15, grasas y aceites animales o vegetales);
Sección IV (capítulos 16 a 24, productos de las industrias
alimentarias, bebidas y líquidos alcohólicos, tabaco);
Sección V (capítulos 25 a 27, productos minerales);
Sección VI (capítulos 28 a 38, productos de las industrias
químicas);
Sección VII (capítulos 39 y 40, plástico y caucho);
Sección VIII (capítulos 41 a 43, cueros y artículos de viaje);
Sección IX (capítulos 44 a 46, madera, carbón vegetal, corcho);
Sección X (capítulos 47 a 49, pasta de madera, papel y cartón);
Sección XI (capítulos 50 a 63, materias textiles y sus
manufacturas);
Sección XII (capítulos 64 a 67, calzado, paraguas, flores
artificiales);
Sección XIII (capítulos 68 a 70, piedra, cemento, productos
cerámicos, vidrio);
Sección XIV (capítulo 71, perlas finas, metales preciosos);
Sección XV (capítulos 72 a 83, metales comunes);
Sección XVI (capítulos 84 y 85, máquinas eléctricas);
Sección XVII (capítulos 86 a 89, material de transporte);
Sección XVIII (capítulos 90 a 92, instrumentos de óptica, aparatos
de relojería, instrumentos musicales);
Sección XIX (capítulo 93, armas y municiones);
Sección XX (capítulos 94 a 96, muebles, juguetes, manufacturas
diversas);
Sección XXI (capítulo 97, objetos de arte, antigüedades).
Si desea más información, consulte el sitio Web de la
Organización
Mundial de Aduanas (este enlace abre una nueva ventana).
El Comité
Para
obtener más información, véase la sección relativa al acceso
a los mercados para las mercancías.
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