
Todas las cuestiones relativas al comercio y el desarrollo
volver al principio
Todos los
Miembros de la OMC son también miembros de los órganos ordinarios
de la OMC. Por consiguiente, integran el Comité de Comercio y
Desarrollo todos los países que son Miembros de la OMC.
Las preocupaciones de los países en desarrollo respecto de una
disposición específica de un acuerdo determinado se examinan
normalmente en el Comité encargado de ese acuerdo.
Programas de asistencia técnica volver al principio
El Comité de Comercio y Desarrollo sirve de foro para la
consideración y coordinación de los trabajos realizados por la
asistencia técnica en la OMC sobre el
desarrollo y su relación con las actividades relacionadas con el
desarrollo llevadas a cabo en otros organismos multilaterales.
Labor relativa a las disposiciones en materia de trato especial y
diferenciado volver al principio
En la Conferencia Ministerial de Doha, celebrada en noviembre de 2001,
los Ministros de Comercio encomendaron al Comité de Comercio y
Desarrollo que identificara qué disposiciones
sobre trato especial y diferenciado son obligatorias y considerara
las consecuencias de convertir en obligatorias las que no son
actualmente vinculantes.
En la Conferencia Ministerial de Hong Kong los Miembros adoptaron
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decisiones en favor de los PMA,
incluida la decisión de otorgar acceso a los mercados libre de
derechos y de contingentes para al menos el 97 por ciento de las
exportaciones de los PMA.
> Labor relativa a las disposiciones en materia de trato especial y diferenciado
Programa de trabajo sobre las pequeñas economías volver al principio
Las pequeñas economías se enfrentan con problemas específicos para su
participación en el comercio mundial, por ejemplo la ausencia de
economías de escala o la limitación de recursos naturales. En la
Declaración de Doha se encomienda al Consejo General examinar estos
problemas y formular recomendaciones acerca de las medidas relativas
al comercio que permitan una mayor integración de las pequeñas
economías en el sistema multilateral de comercio. Ahora bien, ello se
debe lograr sin crear una categoría distinta de Miembros de la OMC.
El
1° de marzo de 2002 el Consejo General convino que:
- La cuestión de las pequeñas economías sería un punto permanente del
orden del día del Consejo General;
- El Comité de Comercio y Desarrollo celebraría sesiones específicas
sobre esta cuestión y rendiría informe al Consejo General.
La Declaración Ministerial de Hong Kong también incluye el párrafo 41
sobre las pequeñas economías.
El 29 de septiembre de 2006, el CCD en Sesión Específica adoptó un
informe al Consejo General sobre medidas para ayudar a las pequeñas
economías a cumplir sus obligaciones en el marco del Acuerdo MSF, del
Acuerdo OTC y del Acuerdo sobre los ADPIC, documento
WT/COMTD/SE/5.
>
Programa de
trabajo sobre las pequeñas economías
Trabajo del Comité de Comercio y
Desarrollo volver al principio
Notificaciones en el marco de la
Cláusula de Habilitación
El CCD ha servido históricamente de foro para la notificación y el
examen de los acuerdos comerciales regionales (ACR) concluidos entre los
países en desarrollo y de los sistemas de preferencias que favorecen a
los países en desarrollo autorizados en el marco de la Cláusula de
Habilitación.
El 14 de diciembre de 2006, el Consejo General adoptó una decisión sobre
un Mecanismo de Transparencia para los Acuerdos Comerciales Regionales
WT/L/671.
Esta decisión encomienda al CCD que aplique el Mecanismo de
Transparencia respecto de los ACR comprendidos en el apartado c) del
párrafo 2 de la Cláusula de Habilitación. La decisión también dispone
que para ejercer las funciones establecidas en virtud del Mecanismo de
Transparencia, el CCD se reunirá en sesión específica.
Transparencia para los acuerdos comerciales preferenciales
El 14 de diciembre de 2006, el Consejo General también adoptó una
decisión sobre la transparencia para los acuerdos comerciales
preferenciales
WT/L/672.
Esta decisión invita al CCD a que examine la cuestión de la
transparencia de los acuerdos preferenciales concertados de conformidad
con el párrafo 2 de la Cláusula de Habilitación (distintos de los ACR) e
informe al Consejo General en un plazo de seis meses para que éste
adopte las disposiciones apropiadas.
El deterioro de la relación de intercambio de los productos primarios
y su repercusión en el comercio y el desarrollo de los países
exportadores de productos primarios
El párrafo 55 de la Declaración Ministerial de Hong Kong encomienda al
CCD que intensifique sus trabajos relativos a los productos primarios en
cooperación con otras organizaciones internacionales pertinentes y rinda
informe al Consejo General, con posibles recomendaciones. Con este fin,
el CCD ha organizado una serie de presentaciones para examinar las
preocupaciones relacionadas con el comercio de los países en desarrollo
y menos adelantados exportadores de productos primarios. En este
contexto, el CCD ha escuchado las presentaciones realizadas por: el Fondo Común para
los Productos Básicos, la Organización de las
Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO),
la Organización
Internacional del Cacao (ICCO), la Organización
Internacional del Café (OIC), el Centro de Comercio
Internacional (CCI) y la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD).
En las actas de las reuniones del CCD celebradas entre 2004 y 2006 se
puede encontrar una transcripción de estos debates.
Párrafo 51 de la Declaración de Doha relativo al desarrollo
sostenible
De conformidad con el mandato establecido en el párrafo 51 de la
Declaración de Doha, el CTD ha de identificar y debatir los aspectos de
las negociaciones relacionados con el desarrollo, a fin de contribuir al
logro del objetivo de hacer que en las negociaciones se refleje de
manera adecuada el desarrollo sostenible.
Recientemente, los debates sobre esta parte de los trabajos del CCD han
avanzado con la ayuda de un documento de antecedentes preparado por la
Secretaría titulado “Aspectos de las negociaciones de la Ronda de Doha
relativos al desarrollo”. WT/COMTD/W/143/Rev.2
Comercio electrónico
El 30 de septiembre de 1998 el Consejo General adoptó un Programa de
trabajo sobre el comercio electrónico
WT/L/274.
En el marco de este programa de trabajo, el CCD ha invitado en ocasiones
a expertos técnicos de otras organizaciones internacionales a informar
al Comité sobre las consecuencias del comercio electrónico para el
desarrollo.
Ayuda para el Comercio
El 15 de diciembre de 2006 el Consejo General, por recomendación del
Director General, encomendó al CCD la realización de exámenes periódicos
mundiales para evaluar y vigilar los progresos logrados respecto de la Iniciativa
Ayuda para el Comercio.
Examen de la aplicación de la Decisión sobre el acceso a los mercados
libre de derechos y de contingentes
En cumplimiento del mandato establecido en la Decisión relativa a las
medidas en favor de los países menos adelantados adoptada en la Sexta
Conferencia Ministerial, el CCD pasará revista anualmente a las medidas
adoptadas para otorgar a los PMA acceso a los mercados libre de derechos
y de contingentes.
El primer examen se realizó el 28 de noviembre de 2006. Los debates de
este examen pueden consultarse en el acta de la reunión.
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