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NOTA:
Este resumen ha sido preparado por la División de Información y
Relaciones con los Medios de Comunicación de la Secretaría de la OMC
para ayudar al público a comprender la evolución de las diferencias
en la OMC. Este resumen no tiene por objeto ofrecer una interpretación
jurídica de las cuestiones, ni rendir un informe completo sobre las
mismas, pues esa información se puede encontrar en los propios
informes y actas de las reuniones del Órgano de Solución de
Diferencias.
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En su reunión celebrada el 29 de agosto de 2003, el OSD examinó
los siguientes puntos:
Vigilancia de la aplicación de las
recomendaciones del OSD
volver al principio
Los Estados Unidos presentaron informes de situación sobre los progresos
realizados en la aplicación de las recomendaciones del OSD con respecto a
los siguientes asuntos: i) “Ley Antidumping de 1916” (DS136
y DS162);
ii) “Artículo 211 de la Ley Omnibus de Asignaciones de 1998” (DS176);
y iii) “Medidas antidumping sobre determinados productos de acero laminado
en caliente procedentes del Japón” (DS184).
Egipto presentó su informe final de situación respecto de la aplicación de
las recomendaciones del OSD en el asunto: “Egipto — Medidas antidumping
definitivas aplicadas a las barras de refuerzo de acero procedentes de
Turquía” (DS211).
Se establecieron grupos especiales con respecto a los
siguientes asuntos
volver al principio
“Australia — Determinadas medidas que afectan a la importación de frutas y
hortalizas frescas” (DS270
a solicitud de Filipinas). Los representantes de las CE, China, el
Ecuador, los Estados Unidos, la India y Tailandia se reservaron el derecho
de participar como terceros en las actuaciones del Grupo Especial.
“Comunidades Europeas — Subvenciones a la exportación de azúcar” (DS265, DS266
y DS283
— se estableció un grupo especial único a solicitud de Australia, el
Brasil y Tailandia). Los representantes de Barbados, el Canadá, China,
Colombia, los Estados Unidos, Jamaica, Mauricio, Nueva Zelandia y Trinidad
y Tabago se reservaron el derecho de participar como terceros en las
actuaciones del Grupo Especial.
“Estados Unidos — Aplicación de medidas antidumping al cemento procedente
de México” (DS281
a solicitud de México). Los representantes de las CE, China, el Japón y el
Taipei Chino se reservaron el derecho de participar como terceros en las
actuaciones del Grupo Especial.
“Estados Unidos — Medidas antidumping relativas a las tuberías para
perforación petrolera procedentes de México” (DS282
a solicitud de México). Los representantes de la Argentina, las CE, China,
el Japón, el Taipei Chino y Venezuela se reservaron el derecho de
participar como terceros en las actuaciones del Grupo Especial.
“Estados Unidos — Derechos compensatorios impuestos a la placa de acero
procedente de México” (DS280
a solicitud de México). Los representantes de las CE, China, y el Taipei
Chino se reservaron el derecho de participar como terceros en las
actuaciones del Grupo Especial.
“Comunidades Europeas — Medidas que afectan a la aprobación y
comercialización de productos biotecnológicos” (DS291, DS292
y DS293
— se estableció un grupo especial único a solicitud de los Estados Unidos,
el Canadá y la Argentina). Los representantes de Australia, China, Chile,
Colombia, El Salvador, Honduras, Nueva Zelandia, Noruega, el Perú,
Tailandia, el Taipei Chino y el Uruguay se reservaron el derecho de
participar como terceros en las actuaciones del Grupo Especial.
Solicitudes de establecimiento de grupos
especiales aplazadas volver al principio
“Comunidades Europeas — Protección de las marcas de fábrica o de comercio
y las indicaciones geográficas en el caso de los productos agrícolas y los
productos alimenticios” (DS174
y DS290
— solicitudes presentadas por los Estados Unidos y Australia).
El punto relativo a la adopción del informe del Grupo Especial en el
asunto “Japón — Medidas que afectan a la importación de manzanas” (DS245)
se suprimió del orden del día tras la decisión del Japón de apelar contra
el informe del Grupo Especial.
Próxima
reunión
volver al principio
La próxima reunión ordinaria del OSD está prevista para el
2 de octubre de 2003.
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