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valoración aduanera,
véase
valoración en aduana (GATT VII y Acuerdo relativo a la Aplicación del
Artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio
(VAL)).
valoración en aduana
adiciones al precio realmente pagado o por pagar (VAL, Preámbulo (1) y
VAL 8)
cánones y derechos de licencia (VAL 8.1(c) y
Nota
Al Artículo)
comisiones de compra (VAL 8.1(a)(i) y
Nota Al Artículo)
datos objetivos y cuantificables (VAL 8.3 y
Nota
Al Artículo)
repartición de elementos (VAL
8.1(b))
herramientas, matrices, moldes (VAL 8.1(b)(ii) y
Nota Al Artículo)
ingeniería, creación y perfeccionamiento,
trabajos artísticos, diseños, y planos y croquis (VAL 8.1 (b)(iv) y
Nota Al Artículo)
materiales consumidos en la producción de las
mercancías importadas (VAL 8.1(b)(iii) y
Nota Al Artículo)
trabajos realizados fuera del país de
importación (VAL 8.1(b)(iv))
Anexos como parte integrante del Acuerdo (VAL
14)
celebración de consultas cuando el valor en
aduana no pueda determinarse en virtud de lo dispuesto en el artículo
1(VAL, Preámbulo (2))
confidencialidad de la información (VAL
10)
criterios razonables (VAL, Preámbulo
(4), VAL
7 y Nota Al Artículo)
definiciones (VAL
15)
controla directa o indirectamente a la otra (VAL
15.4(e) y Nota Al Artículo)
mercancías de la misma especie o clase (VAL
15.3 y Notas A los Artículos VAL 5.1 y
6.1)
mercancías de la misma especie o clase (VAL
15.3 y Notas A los Artículos VAL 5.1 y
6.1)
mercancías idénticas (VAL
15.2)
mercancías similares (VAL
15.2)
país de importación (VAL
15.1(b))
personas (VAL 15.4 y
Nota Al Artículo)
personas vinculadas (VAL 15.4)
personas asociadas en negocios (VAL
15.5)
personas vinculadas (VAL 15.4)
producidas (VAL 15.1
(c))
valor en aduana de las mercancías (VAL
15.1(a))
demora en la determinación definitiva del valor
en aduana (VAL 13), derecho a retirar las mercancías si presta una
garantía
entidades de inspección previa a la expedición,
y (IPE 2)
estabilidad del método, necesidad de (GATT
VII,5)
examen de la aplicación y funcionamiento (VAL
23)
exclusiones de la valoración
actividades que por cuenta propia emprenda el
comprador (VAL, Anexo I, Nota Al Artículo
1)
costo del seguro (VAL
8.2)
costo del transporte ulterior a la importación (VAL Anexo I, Nota Al Artículo
1)
derechos e impuestos internos (VAL Anexo
I, y Nota
al Artículo 1)
gastos de construcción, mantenimiento y
asistencia técnica (VAL, Anexo I, Nota Al Artículo
1)
gastos de transporte y manipulación (VAL 8.2(a) y
(b))
impuesto interior (GATT
VII,3)
explicación escrita de la determinación, derecho
a una (VAL 16)
personas asociadas en negocios (VAL
15.5)
legislación nacional (VAL
22)
obligación de asegurar la conformidad con las
disposiciones del Acuerdo VAL (VAL
22.1)
procedimientos de notificación (VAL
22.2)
leyes y reglamentos
estudios e informes realizados por el Comité
Técnico (VAL, Anexo II, párr. 2(b))
obligación de examinar, cada vez que otra parte
contratante lo solicite (GATT
VII,1)
publicar, obligación de (VAL
12)
medidas antidumping (VAL,
Preámbulo)
métodos
derecho del importador a elegir (VAL, Preámbulo
(3) y VAL 4)
secuencia (VAL Anexo I, Nota
General)
o a otras cargas (GATT
VII,1 y Al Artículo)
países en desarrollo Miembros
beneficios para el comercio internacional como
objetivo (VAL, Preámbulo)
precio a que se venden las mercancías en el país
de importación como base (VAL, Preámbulo
(3), VAL 5 y Nota Al
Artículo)
beneficios y gastos generales (VAL 5.1 y
Nota
Al Artículo 6)
el precio unitario a que se venda … la mayor
cantidad total de las mercancías (Nota Al
Artículo)
la fecha más próxima (VAL 5.1(b) y
Nota Al
Artículo 10)
mercancías de la misma especie o clase (VAL
5.1 y Nota Al Artículo 9)
precios fijados por un exportador dado/ nivel
general de precios como base (GATT Al Artículo
VII,2)
principios de contabilidad generalmente aceptados
(VAL, Anexo I)
definición
ejemplos de utilización
principios generales, aceptación de los (GATT
VII,1)
recurso, derecho de (VAL 11 y
Nota Al Artículo)
ante un órgano de la Administración de Aduanas o
ante un órgano independiente (VAL
11.2)
ante una autoridad judicial (Nota Al Artículo
11)
notificar la decisión, obligación de (VAL
11.3)
sin penalización (Nota Al Artículo
11.2)
requisitos (VAL,
Preámbulo)
criterios conformes con los usos comerciales
criterios sencillos y equitativos
sin distinciones por razón de la fuente de
suministro
sistema equitativo, uniforme y transparente
requisitos de publicación
decisiones judiciales y disposiciones
administrativas (VAL 12)
leyes y reglamentos (VAL
12)
método (GATT
VII,5)
reservas (VAL
21)
secretaría (VAL
24)
tipos de cambio (GATT VII,4 y
VAL 9)
en el momento de la importación (VAL 9.2 y
Nota Al Artículo)
trato especial y diferenciado (VAL
20/VAL, Anexo III), continuación de la aplicación del Acuerdo de 1979, véase trato
especial y diferenciado (VAL 20/ VAL Anexo III)
valor de transacción (VAL, Preámbulo (1) y
1)
condición o contraprestación cuyo valor no pueda
determinarse (VAL 1.1(b) y Nota Al
Artículo)
definición (VAL
1.1)
precio realmente pagado o por pagar
Anexo I, Nota Al Artículo 1
Anexo III, párr. 7
restricciones a la cesión o utilización de las
mercancías, pertinencia (VAL 1.1(a))
restricciones que no afecten sustancialmente al
valor de las mercancías (VAL 1.1(a)(iii) y
Nota Al Artículo)
vinculación entre el comprador y el vendedor,
pertinencia (VAL 1.2 y Nota Al
Artículo)
prueba del valor (VAL 1.2 (b) y
Nota Al Artículo)
valor de transacción (VAL, Preámbulo (1) y
1), véase
también valoración en aduana (GATT VII y Acuerdo relativo a la
Aplicación del Artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles
Aduaneros y Comercio de 1994 (VAL)), valor real como base (GATT VII,
2(a)).
valor de transacción de mercancías idénticas (VAL 2 y
Nota Al Artículo)
valor de transacción de mercancías similares
como alternativa (VAL 3 y Nota al
Artículo)
valor real como base (GATT VII,
2(a))
condiciones de libre competencia (GATT VII,
2(b) y Al Artículo)
en el curso de operaciones comerciales normales (GATT VII,
2(b) y Al Artículo)
equivalente comprobable que se aproxime más a
dicho valor, como alternativa (GATT VII,
2(c))
valor real (GATT VII,
2(a) y Al Artículo)
valor real como base (GATT VII,
2(a)), véase
también valoración en aduana (GATT VII) y Acuerdo relativo a la
Aplicación del Artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles
Aduaneros y Comercio de 1994 (VAL), valor de transacción (VAL, Preámbulo (1) y
1).
valor reconstruido como base (VAL, Preámbulo
(3),
VAL 6 y Nota Al Artículo)
aplicación retrasada (VAL
20.2)
cantidad por concepto de beneficios y gastos
generales (VAL 6.1(b) y Nota Al Artículo
4-5)
costo o valor (VAL 6.1(a) y
Nota Al Artículo 3)
gastos generales (VAL 6.1(b) y
Nota Al
Artículo 7)
mercancías de la misma especie o clase (VAL 6.1(b) y
Nota Al Artículo 8)
veracidad o exactitud de toda declaración a
efectos de valoración en aduana, derecho de las Administraciones de
Aduanas a comprobar la (VAL 17 y
Anexo III, párr. 6)
Decisión Ministerial relativa a
valoración en aduana (GATT VII y Acuerdo relativo
a la Aplicación del Artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles
Aduaneros y Comercio de 1994 (VAL))
véase también Comité
de Valoración en Aduana (VAL 18.1).
Valoración en Aduana, Comité Técnico de
(VAL
18.2 y VAL Anexo II)
calidad de miembro (Anexo II, párr.
5-8)
asesores (Anexo II, párr.
5)
nombramientos (Anexo II,
párr.8)
suplentes (Anexo II, párr.
5)
calidad de observador
miembros del CCA que no sean Miembros de la OMC (Anexo II, párr.
6)
no Miembros de la OMC ni del CCA (Anexo II, párr.
7)
organizaciones internacionales gubernamentales y
comerciales (Anexo II, párr. 7)
Secretaría de la OMC (Anexo II, párr.
5)
establecimiento
función y responsabilidades
asesoramiento y asistencia, cuando así se
solicite (VAL 19.3)
estudio, si así se solicita, de las leyes,
procedimientos y prácticas en materia de valoración (Anexo II, párr.
2(b))
examen de problemas técnicos cotidianos (Anexo
II, párr. 2(a))
examen, a pedido, de cualquier cuestión que deba
ser objeto de un estudio técnico (VAL 19.4 y
Anexo II, párr. 2(f))
falta de consenso
plazo (Anexo II, párr.
3)
facilitación, si así se solicita, de asistencia
técnica (Anexo II, párr. 2(e))
con el fin de promover la aceptación
internacional del acuerdo
funciones asignadas por el Comité de Valoración
en Aduana (Anexo II, párr. 2(g))
informes anuales sobre los aspectos técnicos del
funcionamiento y status del Acuerdo VAL (Anexo II, párr.
2(c))
opiniones consultivas sobre problemas técnicos
cotidianos (Anexo
II, párr. 2(a))
suministro, a pedido, de información y
asesoramiento sobre toda cuestión relativa a la valoración en aduana (Anexo II, párr.
2(d))
uniformidad de la interpretación y aplicación
del Acuerdo VAL (Anexo II, párr. 1)
idiomas (Anexo II, párr.
22)
informes
asuntos sometidos a votación (Anexo II, párr.
21)
de las reuniones (Anexo II, párr.
23)
sobre las actividades del Comité Técnico (Anexo II, párr.
23)
normas de procedimiento
plazo para concluir trabajos sobre cuestiones
concretas (Anexo II, párr.3)
Presidente y Vicepresidente
ausencia del Presidente (Anexo II, párr.
15)
elección (Anexo II, párr.
14)
facultades (Anexo II, párr.
17,18)
función de representante de un miembro del
Comité Técnico (Anexo II, párr. 16)
mandato (Anexo II, párr.
14)
procedimientos de votación
consenso sobre cuestiones que le someta un grupo
especial (Anexo II, párr. 21)
quórum (Anexo II, párr.
20)
voto de la mayoría de los miembros presentes (Anexo II, párr.
20)
reuniones
frecuencia (Anexo II, párr.
9)
lugar de reunión (Anexo II, párr.
10)
notificación (Anexo II, párr.
11)
Orden del día
aprobación (Anexo II, párr.
13)
Orden del día provisional (Anexo II, párr.
12)
secretaría (Anexo II,
párr.19)
secretaría (Anexo II,
párr.4)
verificación in situ,
véase
investigación antidumping o en materia de medidas compensatorias,
reglas sobre presentación de pruebas (AD 6/SMC 12),
verificación in situ (AD 6.7 y
Anexo 1).
vida y la salud de las personas y de los animales
y preservación de los vegetales, protección,
véase Acuerdo
sobre la Aplicación de MSF, derechos y obligaciones básicos (MSF 2),
como equilibrio entre la promoción del comercio internacional y la
protección de la salud y la vida de las personas y de los animales o
para preservar los vegetales (MSF 2.2), Excepciones Generales (AGCS
XIV), medidas necesarias para proteger la vida y la salud de las
personas y de los animales y para preservar los vegetales (AGCS
XIV,(b)), Excepciones Generales (GATT
XX), medidas relativas a la vida y
la salud de las personas y de los animales y a la preservación de los
vegetales (GATT XX(b)), patentes
(ADPIC), exclusiones, protección de la
salud o la vida de las personas o de los animales o preservación de los
vegetales (ADPIC 27.2).
vinos y bebidas espirituosas (ADPIC
23)
clase, tipo, estilo, imitación, pertinencia
(ADPIC 23.1)
denegación/invalidación de toda marca de
fábrica o de comercio que contenga una indicación inadecuada (ADPIC
23.2)
indicaciones geográficas homónimas, y (ADPIC
23.3)
medidas administrativas para lograr la observancia
negociaciones sobre el establecimiento de un
sistema multilateral de notificación y registro (ADPIC
23.4)
acuerdo para concertar acuerdos bilaterales o
multilaterales (ADPIC 24.1)
consultas, y (ADPIC
24.2)
examen (ADPIC
24.2)
facilitación (ADPIC
24.2)
protección de las indicaciones geográficas que
existía antes del 1o de enero de 1995 (ADPIC
24.3)
responsabilidad por la negociación (Consejo de
los ADPIC)
nombre usual o común (ADPIC
24.6)
uso continuado, pertinencia
10 años antes del 15 de abril de 1994 (ADPIC
24.4)
uso de buena fe antes del 15 de abril de 1994 (ADPIC
24.4)
uso/solicitud de registro de buena fe (ADPIC
24.5)
vinos y bebidas espirituosas, protección para
impedir la utilización de una indicación geográfica que no se refiera
al verdadero lugar de origen del producto (ADPIC
23)
visado, como posible fuente de anulación o
menoscabo de ventajas (AGCS, Anexo sobre el Movimiento de Personas
Físicas)
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