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mandato de los grupos especiales (ESD
7)
fórmula modelo (ESD
7.1)
mandato especial (ESD
7.3)
derecho de los Miembros a plantear cuestiones
relativas a
distribución a todos los Miembros
responsabilidad del Presidente de redactar el
texto propuesto, necesidad de incluir el (ESD
6.2)
obligación de considerar las disposiciones
pertinentes que hayan invocado las partes en la diferencia (ESD
7.2)
marcas de fábrica o de comercio (ADPIC)
bienes o servicios que no sean similares,
aplicabilidad del artículo CP 6bis (ADPIC
16.3)
derecho a denegar el registro
ADPIC 15.2
de una marca de fábrica o de comercio
notoriamente conocida (ADPIC 16.2/CP 6 bis)
derecho de impedir que terceros utilicen (ADPIC
16.1)
duración de la protección (ADPIC
18)
excepciones (ADPIC
17)
licencias y cesión (ADPIC
21)
materia objeto de protección (ADPIC
15),
signo o combinación de signos que sean capaces de distinguir los bienes
o servicios (ADPIC 15.1)
naturaleza del producto o servicio, pertinencia (ADPIC
15.4)
notoriamente conocida (ADPIC
16.2)
oponerse al registro de una marca de fábrica o de
comercio, oportunidad de (ADPIC 15.5)
pedir la anulación del registro (ADPIC
15.5)
publicación antes de su registro o sin demora
después de él (ADPIC 15.5)
recursos
apartar las mercancías infractoras, suficiencia (ADPIC
46)
penales (ADPIC 61)
requisito de uso
mantenimiento del registro (ADPIC
19)
período de falta de uso (ADPIC
19.2)
razones válidas para la falta de uso (ADPIC
19.1)
registro/solicitud de registro (ADPIC
15.3)
utilización por otra persona sujeta al control
del titular (ADPIC 19.2)
requisitos especiales, exclusión (ADPIC
20)
signos idénticos, presunción de confusión (ADPIC
16.1)
marcas de fábrica o de comercio (Convenio de París
(1967)) (CP)
competencia desleal (CP 10 bis/ADPIC 22.2
(b))
de manera contraria a los usos comerciales
honestos
información confidencial/no divulgada,
protección de la (ADPIC 39), véase información confidencial/no
divulgada, protección de la (ADPIC), protección contra la competencia
desleal, y (ADPIC 39).
incorporación (ADPIC
2.1)
marca de fábrica o de comercio notoriamente
conocida, derecho a denegar el registro de una (CP 6 bis/ADPIC
16.2)
marcas de servicio (CP 4), aplicabilidad (ADPIC
62.3)
obligaciones de notificación (CP 6ter) (ADPIC
63.2)
marcas de origen (GATT
IX)
colaboración para impedir el uso de las marcas
comerciales de manera que tienda a inducir a error (GATT
IX,6)
colocación en el momento de la importación (GATT
IX,3)
dificultades e inconvenientes, obligación de
reducir al mínimo las (GATT IX,2)
evitar el perjuicio a los productos, la reducción
de su valor o el aumento de manera irrazonable de su costo (GATT
IX,4)
inobservancia antes de la importación, evitar
imponer derechos o sanciones especiales (GATT
IX,5)
trato no menos favorable (GATT
IX,1)
materia existente, aplicabilidad del
Acuerdo sobre ADPIC (ADPIC 70)
actos (ADPIC
70.1)
sin discriminación (ADPIC
27.1) y (ADPIC 70.6)
actos comenzados con anterioridad a la aceptación
del Acuerdo sobre la OMC, limitación de recursos (ADPIC
70.4)
actos realizados antes de la fecha (ADPIC
70.1) / existente en la fecha de (ADPIC
70.2)
autorización de uso no autorizado antes de
la fecha en que se conociera el Acuerdo sobre ADPIC (ADPIC
70.6)
Convenio de Berna (1971), aplicabilidad del
(ADPIC 70.2)
derechos de arrendamiento, y (ADPIC
70.5)
derechos de propiedad intelectual cuya protección
esté condicionada al registro, y (ADPIC
70.7)
dominio público, materia que ha pasado al (ADPIC
70.3)
fonogramas, intérpretes y productores de (ADPIC
70.5)
materia (ADPIC
70.2)
productos farmacéuticos y productos químicos
para la agricultura (ADPIC 70.8 y 70.9)
Mecanismo de Examen de las Políticas
Comerciales (MEPC)
enmienda (OMC X,
8)
evaluación del mecanismo (MEPC
F)
medidas adoptadas por motivos de balanza de pagos,
procedimientos de consulta, y (EBP 8 y MEPC
E)
objeto y propósito (MEPC
A)
como base para las deliberaciones de las reuniones
del OEPC (MEPC C(iii))
evaluación colectiva de toda la gama de
políticas y prácticas comerciales
mayor adhesión a las normas y disciplinas de la
OMC, y a los compromisos contraídos en su marco
procedimientos de solución de diferencias y para
hacer cumplir obligaciones, exclusión
transparencia
obligación de presentar informes (evolución del
entorno comercial internacional (MEPC G)
obligación de presentar informes (Miembros) (MEPC
D)
coordinación con las obligaciones de
notificación
formato
países en desarrollo Miembros, y
procedimientos de examen (MEPC
C)
documentación (MEPC C
(v))
informes de la Secretaría
informes del gobierno
momento en el que se realizarán y frecuencia (MEPC
C(ii))
plan para realizar (MEPC
C(iv))
responsabilidad de la OMC por la administración
de (OMC III, 4)
transparencia (MEPC
B)
como objetivo del MEPC (MEPC
A)
mediación,
derecho a recurrir a la (MSF
11.3)
mediación,
véase buenos oficios, conciliación y mediación (ESD
5).
medida en litigio, obligación de identificar la
ESD 4.4
ESD 6.2
medida específica contra el dumping (AD
18.1) o contra una subvención (SMC
32.1),
requisitos, conformidad con las disposiciones del artículo VI del GATT
según se interpretan en el Acuerdo Antidumping
Medida Global de la Ayuda (MGA) (AG
1(a)/Anexo 3)
cálculo (Anexo 3)
ayuda prestada a nivel tanto nacional como
subnacional, inclusión de (párr. 3)
desembolsos presupuestarios e ingresos fiscales
sacrificados, aplicabilidad a (párr. 2)
en valor monetario total (párr.
6)
fecha (párr. 7)
gravámenes o derechos específicamente agrícolas
pagados por los productores, deducción (párr.
4)
medidas no exentas distintas de pagos directos (párr.
13)
medidas orientadas a empresas de transformación
de productos, inclusión de (párr. 7)
pagos directos no exentos que dependen de una
diferencia de precios (párr. 10)
pagos directos no exentos que se basen en factores
distintos del precio (párr. 12)
por productos específicos (párr.
1)
precio de referencia fijo (párr.
11)
precio exterior fijo (párr.
9)
sostenimiento de los precios del mercado (párr.
8)
como nivel de base para la aplicación del
compromiso de reducción de la ayuda interna (Anexo 3, párr.
5)
medida de la ayuda equivalente (AG Anexo
4)
aplicabilidad (párr.
1)
ayuda prestada a nivel tanto nacional como
subnacional, inclusión de (párr. 1)
definición (AG 1
(d))
fecha de cálculo (párr. 2 y
4)
medidas no exentas, inclusión de (párr.
3)
medidas orientadas a las empresas de
transformación de productos, inclusión de (párr.
4)
nivel de base (párr.
1)
por productos específicos (párr.
2)
MGA Total (AG
1(h))
aplicabilidad a los compromisos en materia de
ayuda interna (AG 6.1)
ausencia de compromiso en la Lista, efecto de la (AG 7.2
(b))
cálculo
exclusión de.
ayuda interna no referida a productos específicos
que no exceda del 5 por ciento… (AG 6.4
(b))
ayuda interna referida a productos específicos
que no exceda del 5 por ciento…(AG 6.4
(a))
medidas de Miembros que sean países en desarrollo
(AG 6.2 y 6.4
(b))
pagos directos exentos (AG 6.5
(b))
porcentaje de minimis (AG 6.4
(a))
inclusión de medidas no exentas de acuerdo con el
Anexo 2 del Acuerdo sobre la Agricultura
MGA total/ niveles de compromiso anuales y final
consolidados, expresión de concesiones sobre acceso a los mercados en
términos de (AG 4.1)
requisito por producto específico (Anexo 3,
párr. 6)
sostenimiento de los precios del mercado (Anexo 3,
párr. 8)
con derecho a
medidas antidumping a favor de un
tercer país (AD 14), aplicación
efectos en el conjunto de la rama de producción,
limitación de los (AD 14.3)
por autoridades del tercer país que solicite la
adopción de esas medidas (AD 14.1)
requisitos (AD
14.2).
información que demuestre la existencia de daño
información sobre precios que demuestre la
existencia de dumping
prestación de concurso por parte del tercer país
en la reunión
responsabilidad (AD
14.4)
por la decisión de dar curso a la solicitud
por la iniciativa de dirigirse al Consejo del
Comercio de Mercancías
medidas compensatorias, aviso público y
explicación de las determinaciones (SMC
22),
véase aviso público de iniciación de una investigación (AD
12.1/SMC 22.1), aviso público de las determinaciones preliminares o
definitivas (AD 12.2/SMC 22.3).
medidas compensatorias, duración y examen (SMC
21)
duración (SMC
21.1)
examen (SMC
21.2), véase también examen
de revisión por extinción (SMC 21.3)
a falta de una petición
a petición de cualquier parte interesada
carga de la prueba / norma de la prueba
duración / rápidamente (SMC
21.4)
medidas compensatorias,
establecimiento y percepción de (SMC
19)
como responsabilidad de las autoridades (SMC
19.2)
condiciones previas (SMC
19.1)
cumplimiento de GATT VI,3 y del Acuerdo sobre SMC
(SMC 10)
derecho compensatorio (GATT VI,3 y
SMC 10)
establecimiento de derechos antidumping y
compensatorios destinados a remediar una misma situación, exclusión
del (GATT VI,5)
examen con rapidez, derecho a que se efectúe un (SMC
19.3)
índole facultativa (SMC
19.2)
invocar paralelamente las disposiciones de las
Partes II o III, posibilidad de
partes nacionales interesadas (SMC 19.2)
reglas sobre presentación de pruebas (AD
6/SMC 12), aplicabilidad de
(SMC 21.4)
relación, obligación de que exista una (SMC
19.2)
Medidas contra la Elusión, Decisión
Ministerial sobre las
medidas
de salvaguardia (SG/GATT XIX), aplicación de medidas
(SG 5)
en la medida necesaria (proporcionalidad) (SG
5.1)
daño grave restringido al aumento de las
importaciones, limitación del
justificación clara, obligación de dar una
integración de un producto de conformidad con las
disposiciones del artículo ATV 2 (ATV 2.19)
modificación de los contingentes, requisitos (SG
5.2(b))
partes del contingente, distribución de las (SG
5.2(a))
medidas
de salvaguardia (SG/GATT XIX), condiciones
(SG 2)
causalidad (SG 2.1), véase también
determinación de la existencia de daño grave o de amenaza de daño
grave, requisitos (SG 4), causalidad (SG 4.2(b))
factores pertinentes (SG
4.2(a))/ en
condiciones tales que (SG 2.1), equivalencia
han aumentado en tal cantidad
como consecuencia de la evolución imprevista de
las circunstancias (GATT
XIX,1(a))
compromiso de no recurrir a (AG
5.8)
por efecto de las obligaciones contraídas en
virtud del [GATT] (GATT XIX,1(a))
paralelismo entre los artículos SG 2.1 y SG 2.2, producto
importado
producto importado (SG
2.1)
medidas de salvaguardia (SG/GATT
XIX),
determinación de la existencia de daño grave o de amenaza de daño
grave,
véase determinación de la existencia de daño
grave o de amenaza de daño grave, requisitos (SG 4).
medidas de salvaguardia (SG/GATT
XIX),
duración y examen (SG 7)
duración
4 años (SG 7.1)
8 años como máximo (con inclusión del período
de aplicación de cualquier medida provisional, y de toda prórroga del
mismo) (SG 7.3)
medidas provisionales (SG
6), y (SG 6 y SG
7)
prórroga (SG 7.2)
examen de una medida cuya duración excede de tres
años (SG 7.4)
notificación (SG
12.5)
liberalización progresiva (SG
7.4)
prórroga del período de aplicación de una
medida de conformidad con el artículo SG 7.2
modificaciones que reducen el nivel restrictivo (SG
7.4)
prórroga del período de aplicación de una
medida (SG 7.1-7.3)
países en desarrollo Miembros, y (SG
9.2)
reaplicación de una medida (SG
7.5)
cuya duración sea de 180 días o menos (SG
7.6)
países en desarrollo Miembros, y (SG
9.2)
medidas de salvaguardia (SG/GATT
XIX), examen,
véase medidas de salvaguardia (SG/GATT XIX), duración y examen
(SG 7).
medidas de salvaguardia (SG/GATT
XIX), medidas
ya vigentes al amparo del artículo XIX, finalización (SG
10)
Comité de Salvaguardias, función (SG
13.1(d))
medidas de salvaguardia (SG/GATT
XIX), nivel
de las concesiones (SG 8)
compensación de los efectos comerciales
desfavorables, derecho a acordar (SG 8.1)
equivalentes
oportunidades adecuadas para que se celebren
consultas previas (SG 12.3), y
examen de propuestas (SG
13.1(e))
suspensión de concesiones sustancialmente
equivalentes (SG 8.2)
avisar por escrito la suspensión, obligación de
notificación (SG
12.5)
plazo (SG 8.3)
sustancialmente equivalentes (SG
13.1(e))
medidas de salvaguardia (SG/GATT
XIX),
notificación (SG 12),
véase también consultas (SG 12)
Comité de Salvaguardias, función (SG
13.1(f))
constatación de existencia de daño grave o
amenaza de daño grave a causa del aumento de las importaciones (SG
12.1(b))
decisión de aplicar una medida de salvaguardia (SG
12.1(c))
derecho a solicitar información adicional (SG
12.2)
examen de las medidas (SG
12.5)
información confidencial, y (SG
12.11)
inicio de un proceso de investigación y motivos
del mismo (SG 12.1(a))
leyes, reglamentos y procedimientos
administrativos que no hayan sido notificados por otros Miembros (SG
12.8)
leyes, reglamentos y procedimientos
administrativos y modificaciones de los mismos (SG
12.6)
medida de salvaguardia provisional (SG
12.4/GATT
XIX,2)
medidas no gubernamentales a que se refiere el
artículo SG 11.3 (SG 12.9)
medidas vigentes (SG
10/SG 12.7)
momento de adopción (SG
12.1, 12.3 y GATT
XIX,2)
con la mayor anticipación posible (GATT
XIX,2)
inmediatamente (SG
12.1)
notificación por escrito (GATT
XIX,2)
notificación por intermedio del Comité de
Salvaguardias (SG 12.10)
resultados de las consultas (SG
12.5)
suspensión de concesiones (SG
12.5)
al no lograr ponerse de acuerdo (GATT
XIX,3(a))
sin consulta (GATT
XIX,3(b))
toda la información pertinente (SG
12.2)
medidas de salvaguardia (SG/GATT
XIX),
prohibición y eliminación de determinadas medidas (SG
11)
aplicabilidad (SG
11.1)
limitaciones de las exportaciones, acuerdos de
comercialización ordenada u otras medidas similares (SG
11.1(b))
medidas similares
medidas compatibles con lo dispuesto en el
artículo GATT XI (SG 11.1(a)) y
medidas mantenidas de conformidad con el GATT
(aparte del artículo XIX) y Acuerdos Comerciales Multilaterales (SG
11.1(c)), y
calendarios de eliminación (SG
11.2)
Comité de Salvaguardias, función (SG
13.1(d))
notificación (SG
11.2)
calendarios
excepción, notificación
(CE/Japón) (Anexo al
SG)
obligación de no alentar ni apoyar la adopción
de medidas no gubernamentales (SG 11.3)
obligación de notificación (SG
12.9)
medidas de salvaguardia urgentes (AGCS
X)
caducidad de las disposiciones (AGCS
X,3)
modificación o retiro de compromisos específicos (AGCS
X,2)
modificación de las listas (AGCS
XXI,1) y
requisitos de notificación
negociaciones multilaterales (AGCS
X,1)
calendario
medidas de urgencia
(GATT XIX), véase medidas de salvaguardia (SG/GATT XIX),
condiciones.
medidas en frontera/suspensión del despacho de
aduana por las autoridades aduaneras (ADPIC)
actuación de oficio (ADPIC
58).
eximición de autoridades y funcionarios públicos
(ADPIC 58(c))
recurso contra (ADPIC
58(b))
adopción de procedimientos (ADPIC
51)
aplicabilidad (ADPIC
51).
mercancías de
marca de fábrica o de comercio falsificadas o mercancías pirata que
lesionan el derecho de autor
mercancías de marca de fábrica o de comercio
falsificadas
mercancías pirata que lesionan el derecho de
autor
mercancías en tránsito
mercancías puestas en el mercado por el titular
del derecho o con su consentimiento
mercancías que supongan infracciones destinadas a
la exportación
mercancías que supongan otras infracciones de los
derechos de propiedad intelectual
destrucción o eliminación (ADPIC
59)
duración (ADPIC 55)
medidas provisionales y (ADPIC
50.6)
fianza o garantía equivalente que sea suficiente
para proteger al demandado e impedir abusos (ADPIC
53.1)
despacho para libre circulación de mercancías, y
recursos, efecto sobre la disponibilidad de (ADPIC
53.2)
suspensión por decisión de una autoridad
judicial u otra autoridad independiente (ADPIC
53.2)
uso irrazonable de la
importaciones insignificantes (ADPIC
60)
indemnización por todo daño causado por la
retención infundada (ADPIC 56)
información, derecho de.
actuación de oficio, y (ADPIC
58(c))
luego de haberse adoptado una decisión positiva (ADPIC
57)
inspección, derecho de (ADPIC
57).
importador
información confidencial, y
titular del derecho
obligaciones de notificar
notificación de aceptación/decisión (ADPIC
52)
notificación de la suspensión (ADPIC
54)
notificación de la suspensión de oficio (ADPIC
58(b))
reexportación de mercancías de marca de fábrica
o de comercio falsificadas (ADPIC 59)
requisitos (ADPIC 52).
descripción suficientemente detallada de las
mercancías de modo que puedan ser reconocidas
notificación de
aceptación/decisión
pruebas suficientes que demuestren que existe
presunción de infracción (ADPIC 52)
unión aduanera, y
medidas en frontera/suspensión del despacho
de aduana por las autoridades aduaneras (ADPIC), actuación de oficio
(ADPIC 58),
información, derecho de (ADPIC 58(a))
medidas en frontera/suspensión del despacho
de aduana por las autoridades aduaneras (ADPIC),
véase también acceso a los mercados (AG
4), aplicabilidad,
medidas establecidas en el momento o en el lugar de la importación
(medidas internas) (GATT Al Artículo
III), medidas del tipo de las que
se ha prescrito se conviertan en derechos de aduana propiamente dichos (AG 4.2), trato nacional en materia de tributación y de
reglamentación interiores, principio general (GATT III,1).
medidas no arancelarias,
véase restricciones cuantitativas, eliminación de (GATT
XI).
medidas provisionales (AD
7/SMC 17)
aviso público, véase aviso público de
imposición de medidas provisionales, requisitos (AD 12.2.1/SMC 22.4).
disposiciones del AD 9, aplicabilidad (AD
7.5)
duración (AD
7.4/SMC 17.4)
fecha de aplicación (AD
7.3/SMC 17.3)
forma de las medidas (AD
7.2/SMC 17.2)
medidas compensatorias, establecimiento y
percepción de (SMC 19), aplicabilidad
(SMC 17.5)
requisitos (AD
7.1/SMC 17.1)
determinación preliminar afirmativa (AD
7.1(ii)/SMC 17.1(b))
iniciación de la investigación, aviso público y
oportunidades adecuadas a las partes de presentar información y hacer
observaciones (AD 7.1(i))/SMC
17.1(a))
necesidad (AD 7.1
(iii)/SMC 17.1(c))
solución de diferencias (AD
17.4), y
medidas provisionales (AD
7/SMC 17),
véase también Acuerdo sobre la Aplicación de MSF, testimonios
científicos suficientes, necesidad de (MSF 2.2), adopción provisional
de medidas en caso de insuficiencia de testimonios científicos (MSF
5.7), medidas provisionales (SG 6), salvaguardias de
transición (ATV 6), adopción provisional de medidas con arreglo al
artículo ATV 6.10 (ATV 6.11).
medidas provisionales (ADPIC
50)
(protección de los derechos de propiedad intelectual)
derecho de las partes a ser oídas (audi
alteram partem), pertinencia (ADPIC 50.2 y
50.4)
notificar sin demora después de poner las medidas
en aplicación, obligación de (ADPIC
50.4)
duración/extinción (ADPIC
50.6)
a petición del demandado
iniciación del procedimiento conducente a una
decisión sobre el fondo del asunto, y
suspensión del despacho, y (ADPIC 55 y
58 (b))
fianza o garantía equivalente suficiente para
proteger al demandado/ evitar abusos (ADPIC
50.3)
identificación de mercancías, derecho de las
autoridades encargadas de la ejecución a exigir información para la (ADPIC
50.5)
indemnización por daño causado por medidas
injustificadas (ADPIC 50.7)
objeto y propósito
evitar el daño irreparable (ADPIC
50.2)
evitar que las mercancías ingresen en los
circuitos comerciales (ADPIC 50.1(a))
evitar que se produzca la infracción (ADPIC
50.1(a))
preservación de pruebas (ADPIC
50.1(b))
riesgo demostrable de destrucción (ADPIC
50.2)
procedimientos administrativos, principios que se
aplican a (ADPIC 50.8)
pruebas, derecho de las autoridades judiciales a
exigir la presentación de (ADPIC
50.3)
condición de titular de derecho
grado suficiente de certidumbre
infracción real o inminente
rápidas y eficaces (ADPIC
50.1)
revisión a petición del demandado (ADPIC
50.4)
derecho a ser oído (audi alteram partem)
en un plazo razonable contado a partir de la
notificación
medidas provisionales (SG
6)
duración
como parte del período inicial a que se hace
referencia en el artículo SG 7
medidas arancelarias
requisitos
determinación preliminar afirmativa
notificación (SG
12.4)
medidas que han de notificarse, lista
indicativa de las (Decisión Relativa a los Procedimientos de
Notificación, Anexo)
medio ambiente
disposiciones del Acuerdo sobre ADPIC y, patentes
(ADPIC 27.2)
políticas comerciales, y, véase también
Comité de Comercio y Medio Ambiente, y del Comité del Comercio de
Servicios y el Medio Ambiente, establecimiento
Decisiones Ministeriales sobre
equilibrio, necesidad de que exista un (Preámbulo
OMC)
programa de reforma de la agricultura, y (Preámbulo
AG)
protección como objetivo legítimo de la
política nacional e internacional (OTC
2.2)
medio ambiente
véase también Excepciones Generales (GATT
XX), medidas
relativas al, conservación de los recursos naturales agotables (GATT
XX(g)).
MEPC,
véase Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales
(MEPC).
miembros iniciales (OMC
XI),
véase OMC, miembros iniciales
(OMC XI).
modificación de las Listas (AGCS
XXI),
véase también Listas de Compromisos Específicos (AGCS XX)
ajustes compensatorios por efectos desfavorables
anulación o menoscabo (AGCS
XXIII,3), y
arbitraje
en caso de ausencia de solicitud (AGCS XXI)
cumplir con las conclusiones, obligación de (AGCS
XXI,4(a))
derecho/obligación (AGCS
XXI,3(a))
incumplimiento de las conclusiones (AGCS
XXI,4(b))
en régimen de la NMF (AGCS
XXI,2(b))
negociaciones con miras a llegar a un acuerdo
sobre (AGCS XXI,2(a))
Decisión Ministerial relativa a
momento en el que se pueden modificar las Listas
durante el período de transición (AGCS
X,2)
tres años a partir de la fecha de entrada en
vigor del compromiso (AGCS XXI,1 (a))
obligación de notificación (AGCS
XXI,1(b))
procedimientos (AGCS
XXI,5)
servicios de transporte marítimo (AGCS,
Anexo)
modificación de las Listas (GATT
XVIII,A),
véase desarrollo económico, ayuda del Estado para favorecer el
(GATT XVIII), modificación de las Listas/suspensión de concesiones
(GATT XVIII,A).
modificación de las Listas (GATT
XXVIII)
ajuste compensatorio (GATT
XXVIII,2)
aplicabilidad del artículo GATT XXVIII (PROT MAR
6)
como parte integrante del GATT de 1994 (GATT de
1994, 1(c)(vi))
interés como abastecedor general (GATT
XVIII,1)
momento en el que se pueden modificar las Listas
en circunstancias especiales (GATT XXVIII, 4 y
Al Artículo)
notificación de la intención de modificar o
retirar una concesión (GATT Al Artículo
XXVIII,3)
obligación jurídica y entrada en vigor de las
modificaciones efectuadas (GATT Al Artículo
XXVIII,2)
tres años a partir de la fecha de entrada en
vigor del compromiso (GATT XXVIII,1)
período que no sea de tres años (Al
Artículo)
negociación y acuerdo, necesidad de (GATT
XXVIII,1)
ajuste compensatorio (GATT
XXVIII,2)
derecho a actuar en ausencia de (GATT XXVIII,3
(a))
nivel de concesiones no menos favorable que antes
de las negociaciones como objetivo (GATT
XXVIII,2)
obligación de secreto absoluto (Al
Artículo)
retiro de concesiones substancialmente
equivalentes, y (GATT XXVIII, 3 (a))
retiro de concesiones substancialmente
equivalentes, y (GATT XXVIII,3 (a)), por la parte contratante con
interés substancial (GATT XXVIII,3 (b) y
Al Artículo XXVIII,1)
nivel de concesiones recíprocas y mutuamente
ventajosas no menos favorable (GATT
XXVIII,2)
notificación de la reserva del derecho de
modificar (GATT XXVIII,5)
trato menos favorable que el previsto en las
Listas del GATT de 1947, y (PROT MAR 7)
modulación de contingentes (SG
5.2(b))
monopolios (GATT
II,4)
Carta de La Habana, y (AGCS Al Artículo
II,4)
determinación de la existencia de dumping, y (GATT Al Artículo VI,1, párr. 2)
monopolios y proveedores exclusivos de
servicios (AGCS VIII)
compatibilidad con el artículo AGCS II y los
compromisos específicos, obligación de asegurar la (AGCS
VIII,1)
obligaciones de notificación
nuevos derechos monopolistas (AGCS
VIII,4)
plazos
proveedor monopolista de un servicio (AGCS
XXVIII (h))
proveedores exclusivos, aplicabilidad a (AGCS
VIII,5)
Servicios Financieros, Entendimiento Relativo a
los Compromisos en Materia de y
suministro de un servicio que no esté comprendido
en el ámbito de sus derechos de monopolio (AGCS
VIII,2)
supuesta incompatibilidad, derecho del Consejo de
Comercio de Servicios a solicitar información (AGCS
VIII,3)
moral pública, protección de la
AGCS IV
GATT XX(a)
movimiento de personas físicas proveedoras
de servicios en el marco del AGCS (AGCS,
Anexo)
compromisos específicos, derecho a negociar (párr.
3)
medidas para regular la entrada o la estancia
temporal (párr.4)
visas, pertinencia
negociaciones sobre liberalización, Decisión
relativa a las
persona física (AGCS XXVIII
(j))
personas que traten de acceder al mercado de
trabajo, exclusión (párr. 2)
proveedores de servicios/ empleados de proveedores
de servicios, aplicabilidad (párr.1)
Movimiento de Personas Físicas, Grupo de
Negociación sobre, Decisión Ministerial
MSF, asistencia técnica (MSF
9)
elegibilidad para recibir (MSF
9)
facilitar la prestación de forma bilateral o por
conducto de organizaciones internacionales (MSF
9.1)
países en desarrollo Miembros, responsabilidad
especial hacia (MSF 9.1)
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